Capítulo V
De la junta directiva
Artículo 26.- La Presidencia Honoraria Vitalicia del FOSDEH está a cargo de Su Eminencia Oscar Andrés Cardenal Rodríguez.
Artículo 27.- La Junta Directiva se integrará por cinco miembros, con los cargos de Presidente, Secretario, Tesorero, Fiscal y un vocal, electos cada tres años por la Asamblea General. Hasta tres miembros de la junta Directiva podrán ser reelectos a fin de asegurar la consolidación de la organización.
Artículo 28.- Son atribuciones de la Junta Directiva:
- Elegir al Coordinador General de la Organización quien será el responsable de ejecutar las políticas de la organización a través de la ejecución de programas, planes y proyectos.
- Nombrar las comisiones de trabajo necesarias para garantizar el buen funcionamiento de la Organización.
- Cumplir y hacer que se cumplan los Estatutos, reglamentos y las disposiciones y resoluciones emanadas de la Asamblea General.
- Ordenar la convocatoria a las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias.
- Recibir cuentas sobre la administración del patrimonio y autorizar los informes financieros semestrales.
- Presentar a la Asamblea General la Memoria Anual de Labores, inventarios, balances generales e informes de auditoría.
- Establecer procedimientos, reglas e instrumentos para la gestión y manejo de los proyectos de la organización de acuerdo a estos Estatutos y a los lineamientos de la Asamblea General.
- Dictaminar ante la Asamblea General la admisión de nuevos asociados.
- Presentar a consideración de la Asamblea General el presupuesto anual de la organización.
- Representar nacional e internacionalmente a todos los asociados en el marco de estos Estatutos.
- Otras que disponga la Asamblea General.
Artículo 29.- La Junta Directiva se reunirá al menos una vez cada dos meses y cuando sea necesario o a solicitud de al menos dos de sus integrantes.
Artículo 30.- Las funciones de los Miembros de la Junta Directiva son:
- Del Presidente: Dirigir las sesiones de la Junta Directiva y las reuniones de las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias, Representar judicial y extrajudicialmente a la Organización y las demás que le otorguen estos Estatutos, los reglamentos y la Asamblea General.
- Del Vocal: Sustituir en sus funciones al Presidente cuando se ausentare temporalmente o cuando su ausencia fuere definitiva mientras la Asamblea General elige al sustituto, y las demás que le otorguen estos Estatutos, los reglamentos y la Asamblea General.
- Del Secretario: levantar actas de las sesiones de Junta Directiva y reuniones de las Asambleas generales ordinarias y Extraordinarias, firmar conjuntamente con el Presidente las actas referidas, convocar a sesión de Junta Directiva y las demás que le otorguen estos Estatutos, los reglamentos y la Asamblea General.
- Del Tesorero: Asesorar, evaluar y supervisar las finanzas de la organización, tomar en conjunto con la Junta Directiva las resoluciones pertinentes en el área económica y financiera y las demás que le otorguen estos Estatutos, los reglamentos y la Asamblea General.
- Del Fiscal: Velar por el estricto cumplimiento de los derechos obligaciones de todos los Asociados y de los funcionarios de alta jerarquía de la Organización, revisar las cuentas de gastos incluidos en el presupuesto y las que sean ordenadas por la Junta Directiva o la Asamblea General, e informar a la Junta Directiva sobre toda violación a los Estatutos, Reglamentos o resoluciones de la Asamblea general.
